Trámites para solicitar un Visado (3)

Como parte de la Guía práctica de Marruecos Digital, se expone de forma suscinta los trámites para solicitar los distintos tipos de visados, como por ejemplo un visado de Tránsito, de Estancia, de Estudios, por Cuenta Ajena y residencia, por Cuenta Propia y residencia, Agrupación Familiar, para familiares de Españoles, o Visado de Ceuta.


VISADOS DE ESTANCIA PARA FAMILIARES DE ESPAÑOLES O COMUNITARIOS QUE PRETENDAN RESIDIR EN ESPAÑA.

DOCUMENTACIÓN DEL REAGRUPANTE:
-Fotocopia legalizada del DNI, o NIE, y de su pasaporte.
-Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil español o comunitario donde conste la anotación marginal del matrimonio.
-Empadronamiento o certificado de convivencia en España.
-Manifestación personal o notarial dando su conformidad con la solicitud de reagrupación.

DOCUMENTACIÓN DEL REAGRUPABLE:
-Solicitud de visado, en modelo oficial, debidamente cumplimentada, legible y firmada por el solicitante.
-1 fotografía reciente (sin grapar ni pegar, en color, sobre fondo blanco, tamaño 26 x 32 mm., de buena calidad y resolución, y con el rostro centrado y de frente; deberá tener una franja de 2 mm. por encima de la cabeza y de 4 mm. por debajo de la barbilla).
-Pasaporte individual para cada persona que solicite la reagrupación familiar, expedido en la provincia de Tánger con vigencia mínima de 120 días. • Carta de identidad nacional.

CÓNYUGE:
-Certificación literal de matrimonio inscrito en el Registro Civil español o comunitario y libro de familia español o comunitario.
-Certificado literal de nacimiento.

DESCENDIENTES Y LOS DE SU CÓNYUGE, SIEMPRE QUE NO ESTEN SEPARADOS DE DERECHO, MENORES DE 21 AÑOS, QUE VIVAN A SUS EXPENSAS:
-Certificado literal de nacimiento.
-Libro de familia.

ASCENDIENTES Y LOS DE SU CONYUGE, SIEMPRE QUE NO ESTEN SEPARADOS DE DERECHO, QUE VIVAN A SUS EXPENSAS:
-Certificado literal de nacimiento.
-Libro de familia.
-Acreditación de dependencia económica mediante copia fehaciente de las transferencias y/o giros periódicos y regulares realizados por el reagrupante durante el último año de residencia en España. La oficina consular podrá requerir la presencia del solicitante y mantener una entrevista personal.

Deberán estar presentes dos representantes de la A.E. además de intérprete en caso necesario y quedará constancia de su contenido mediante acta firmada por los presentes de la que se entregará copia al interesado.

NOTA: LA DOCUMENTACION SE PRESENTARÁ EN ORIGINAL Y FOTOCOPIA, TRADUCIDA AL ESPAÑOL Y LEGALIZADA. EVENTUALMENTE, SE PODRÁ SOLICITAR LA DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA QUE SEA OPORTUNA PARA VALORAR LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA SOLICITUD.


VISADOS DE REAGRUPACION FAMILIAR PARA MENORES CONFIADOS EN “KAFALA”.
Se necesita presentar:

1. Instancia de la persona que acoge presentada en el Registro del Consulado solicitando el visado.

2. Informe favorable del Subdelegado del Gobierno o Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas Provinciales para reagrupación familiar de un menor confiado en Kafala y copia de la solicitud de informe gubernativo.

3. Copia del Informe de idoneidad para la kafala, emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que tenga su residencia el reagrupante.

4. Resolución formal del Juez Encargado de Menores – Tribunal de 1ª Instancia de Tánger – por la que se entrega el menor a un ciudadano español o extranjero residente, con domicilio en España, por medio de un documento “kafala” no constituido por los padres biológicos del niño (motivos: por no estar éstos determinados, ser huérfano el menor o haber sido confiado en guarda legal tras privación definitiva de patria potestad).

5. Autorización expresa del Juez Encargado de Menores – Tribunal de 1ª Instancia de Tánger – para la salida del menor de Marruecos a fin de convivir o residir en España habitualmente con la familia a quien se confía su guarda en España.

6. Acta de manifestaciones del ciudadano español o extranjero residente en España ante la Oficina Consular de asumir respecto del menor la obligación de subvenir a su alojamiento, manutención, cobertura económica suficiente y adecuada, y a su asistencia sanitaria y compromiso de respetar los términos legales de la kafala en especial la obligación de mantener el estatuto personal del menor en lo referente a nombre, apellidos, religión o nacionalidad.

7. Certificado literal de nacimiento del menor y de las personas a quienes se les confía la guarda.

8. En su caso, certificado de matrimonio y libro de familia de las personas a quienes se les confía la guarda.

9. Certificado médico oficial de menor.

10. DNI o tarjeta de extrajero y pasaporte de las personas a quienes se les confía la guarda.

11. Certificado de convivencia en España.

12. Solicitud de visado suscrita por las personas a quienes se les confía la guarda y 1 fotografía reciente (sin grapar ni pegar, en color, sobre fondo blanco, tamaño 26 x 32 mm., de buena calidad y resolución, y con el rostro centrado y de frente; deberá tener una franja de 2 mm. por encima de la cabeza y de 4 mm. por debajo de la barbilla).

13. Pasaporte del menor expedido en la Provincia de Tánger, con una vigencia mínima de un año.

NOTA: LA DOCUMENTACION EXPEDIDA POR LAS AUTORIDADES MARROQUIES DEBERA ESTAR LEGALIZADA POR VIA DIPLOMATICA Y TRADUCIDA AL ESPAÑOL. LA DOCUMENTACION SE PRESENTARA EN ORIGINAL Y DOS FOTOCOPIAS. EVENTUALMENTE SE PODRA SOLICITAR LA DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA QUE SEA OPORTUNA PARA VALORAR LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA SOLICITUD.


VISADO DE CEUTA
Documentación requerida:

1. Impreso de solicitud de visado (original más una copia) y 2 fotografías recientes (sin grapar ni pegar, en color, sobre fondo blanco, tamaño 28 x 34 mm., de buena calidad y resolución, y con el rostro centrado y de frente; deberá tener una franja de 4 mm. por encima de la cabeza y de 8 mm. por debajo de la barbilla).

2. Fotocopia de las cuatro primeras páginas del pasaporte, expedido en Tánger, con una validez que exceda en tres meses como mínimo la estancia prevista.

3. Fotocopia de la C.I.N. expedida en Tánger (ACREDITAR ARRAIGO DE MÁS DE 5 AÑOS EN TÁNGER).

4. Acreditar situación profesional: certificado de trabajo o pensión, registro de comercio, certificado de estudios, etc.

5. Justificante bancario de haber ingresado la cantidad de 660 dirhams. Este pago se puede realizar (el día anterior al de la cita) en una de las siguientes sucursales del Attijariwafa Bank:

-7 Rue de Belgique, Tanger (agence 441).
-Imm San Francisco, 3 Place de Navarre, Tanger (agence 296).
-Angle Bd Moulay Youssef & Place Moulay Abdelaziz, Tánger (agence 537).
-Angle Tarik Ibnou Zyad & Av Allal El Fassi, Tanger (agence 173).
-Place Tafilalte Lot Municipal 3, Quartier Beni Makada, Tanger (agence 092).

Final del artículo sobre los Trámites del visado.

(Enero de 2008)





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